El autónomo debe cumplir con las obligaciones en materia de seguridad y salud laboral que la Ley o los contratos que tengan suscritos impongan, así como seguir las normas de carácter colectivo derivadas del lugar de prestación de servicios,así como todas las normas y recomendaciones publicadas por el ministerio de sanidad y la comunidad autónoma encaminadas a la prevención del contagio de la covid-19.
En el entorno laboral, las medidas preventivas que hacen referencia al COVID-19, se enmarcan en el Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.
En este orden de cosas les corresponde a las empresas evaluar el riesgo de exposición y seguir las recomendaciones que sobre el particular emita el servicio de prevención propio o ajeno, y seguir las pautas y recomendaciones formuladas por las autoridades sanitarias.
En todo caso se debe cumplir con las obligaciones en materia de seguridad y salud laboral que la Ley o los contratos que tengan suscritos impongan, así como seguir las normas de carácter colectivo derivadas del lugar de prestación de servicios” e “informar de los riesgos derivados de su actividad y que puedan afectar a los trabajadores de las otras empresas con las que comparten centro de trabajo”.
En este sentido, hay que tener presente las siguientes premisas:
El coronavirus SARS-CoV-2 es un virus nuevo, desconocido anteriormente en la patología humana, que pertenece a la familia Coronaviridae. El reservorio de estos virus es animal y algunos coronavirus tienen la capacidad de trasmitirse a las personas. Se piensa que los primeros casos humanos se debieron al contacto con un animal infectado. La transmisión entre personas se realiza por las vías respiratorias, a través de las gotas respiratorias de más de 5 micras, por ejemplo cuando el enfermo presenta sintomatología respiratoria: tos y estornudos. También a través del contacto con objetos y superficies. Por estos motivos es imprescindible mantener la distancia de seguridad de dos metros y lavarse las manos con agua y jabón varias veces al día. El periodo de incubación puede variar entre 2 y 14 días.
El trabajador autónomo, como cualquier persona, debe evitar la exposición para evitar contraer y propagar la enfermedad, sobre todo, entre los grupos vulnerables: personas con diabetes, enfermedad cardiovascular, incluida hipertensión, enfermedad hepática crónica, enfermedad pulmonar crónica, enfermedad renal crónica, inmunodeficiencia, cáncer en fase de tratamiento activo, embarazo y mayores de 60 años, (evidencia científica disponible a fecha 23 de marzo de 2020, del Ministerio de Sanidad que define los grupos vulnerables para COVID-19).
Si no se encuentra dentro del colectivo especialmente sensible al COVID-19 y puede seguir realizando actividad, se adoptarán las recomendaciones que a continuación se detallan, tanto para proteger a los demás como a uno mismo:
Las medidas de protección individual (que incluyen los equipos de protección individual (EPI’s), deben ser adecuadas y proporcionales a los riesgos frente a los que debe ofrecerse protección de acuerdo con la actividad laboral o profesional. Ver apartado: Posibles situaciones de riesgo de exposición, en anexos de utilidad.
La coordinación sobre la exposición al COVID-19 de las empresas y profesionales autónomos que comparten un lugar o espacio de trabajo debe estar permanente actualizada por el empresario principal o titular del centro.
Si se comienza a tener síntomas (fiebre o tos o dificultad para respirar), independientemente de encontrarse en el lugar de trabajo o en el domicilio particular, el trabajador autónomo deberá ponerse en contacto con el empresario principal o titular del centro de trabajo e informarle de la situación en la que se encuentra. A continuación y dependiendo del estado en el que se encuentre, deberá seguir el procedimiento de actuación. Este procedimiento consta de 10 pasos que detallamos en el “anexo de utilidad” de este documento.
Nota: Las recomendaciones incluidas en el presente documento están en continua revisión en función de la evolución y nueva información que se disponga de la infección por el nuevo coronavirus (2019-nCoV.) Desde Mutua Balear queremos colaborar en la difusión de fuentes veraces de información sobre esta enfermedad y las medidas a adoptar para frenar su contagio.
Última actualización: 30/04/2020
Consulta fuentes oficiales para informarte:
https://www.mscbs.gob.es
@sanidadgob
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