El importe total de las solicitudes abonadas asciende a más de 6,3 millones de euros.
El 97% de las peticiones se ha resuelto de forma favorable.
La entidad prevé emitir la próxima remesa de pagos entre el 30 de abril y el 10 de mayo.
Mutua Balear abonó el pasado viernes 17 de abril el pago de la primera remesa de solicitudes aprobadas para acogerse a la Prestación Extraordinaria por Cese de Actividad de los trabajadores autónomos (CETA), aprobada por el Consejo de Ministros el 17 de marzo con el objetivo de minimizar los efectos del estado de alarma entre este colectivo.
El importe total del primer pago de la prestación CETA asciende a 6.329.437,13 €, que han sido repartidos entre los 8.564 trabajadores autónomos de la entidad que han visto aprobada su solicitud. Esto significa que la prestación media que han recibido los autónomos de Mutua Balear afectados por el Covid-19 se sitúa en 739 €.
El 81% de las peticiones aprobadas están relacionadas con autónomos cuyas actividades han sido suspendidas como consecuencia del estado de alarma y suponen un total de 5.168.331,80 €, mientras que el 19% restante corresponde a trabajadores por cuenta propia que han visto reducida su facturación en un 75% o más y suman un acumulado de 1.161.105,33 €.
Desde el pasado mes de marzo, Mutua Balear ha habilitado una sección en su página web exclusiva para trabajadores autónomos (www.elautonomo.es) en la que ofrece toda la información necesaria para acceder a la prestación CETA y donde se incluye también el acceso al formulario online diseñado por la entidad para que sus afiliados soliciten la prestación de forma telemática.
Hasta el momento, se han tramitado el 83% de las solicitudes recibidas hasta el 13 de abril, el 97% de las cuales han sido resueltas favorablemente. Solo un 3% de ellas han sido rechazadas por incumplir algún requisito del Real Decreto Ley 13/2020. El resto de peticiones no tramitadas se encuentran pendientes de la entrega de documentación y podrán entrar en la segunda remesa de pagos, que se efectuará con toda probabilidad entre el 30 de abril y el 10 de mayo.
Aquellos autónomos que no hayan realizado su solicitud y cumplan los requisitos establecidos por el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social (suspensión de su actividad o reducción de la facturación en un mínimo de un 75%) podrán hacerlo hasta el último día del mes siguiente al que finalice el estado de alarma.
La cuantía de la prestación será el equivalente al 70% de la base reguladora para aquellos autónomos que hayan cotizado durante los 12 últimos meses, mientras que aquellos que no tengan ese periodo cotizado, percibirán el 70% de la base mínima de cotización del Régimen de Autónomos (RETA).
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