Las Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social son asociaciones empresariales sin ánimo de lucro constituidas con el principal objeto de colaborar en la gestión de la Seguridad Social, en concreto en la gestión de las Contingencias de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (A. T. y E. P.) y en la gestión de la prestación económica de Incapacidad temporal (I.T.) derivada de Contingencias Comunes.
Las Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social suponen un pilar básico en el sistema sanitario nacional, pues desarrollan una asistencia específica y especializada, con altos elementos de valor añadido, especialmente en temas relacionados con la Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Además, desde el año 2004 a las Mutuas se le reconoció la competencia para cubrir las contingencias de accidente de trabajo y enfermedad profesional de los trabajadores autónomos.
Las distintas Mutuas ponen sus servicios a disposición de todas las empresas y trabajadores autónomos, sin incurrir en coste alguno para los mismos. El empresario (y el autónomo en su caso) puede elegir libremente asociarse a la mutua que mejor se adapte a sus necesidades y a las de los trabajadores de su plantilla.
Dado su carácter de colaboración directa con el Ministerio de Empleo y Seguridad Social y para garantizar su correcto funcionamiento, todas las Mutuas:
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