Esta nueva modificación supone la cuarta revisión del Real Decreto 665/1997 sobre agentes cancerígenos y transpone la Directiva de la Unión Europea 2022/431.
El cambio más destacable que introduce es la ampliación su ámbito de aplicación a los agentes reprotóxicos o tóxicos para reproducción, que pasan a a denominarse:
“RD 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos, mutágenos o reprotóxicos durante el trabajo (CMR)".
Esto supone una mayor restricción en la exposición al riesgo, especialmente para los reprotóxicos sin umbral, cuyas medidas se equiparan a la de los agentes cancerígenos y mutágenos.
Entre todos los cambios que presenta, destacamos los siguientes:
Establece una distinción entre los reprotóxicos en función de si disponen o no de umbral de nivel de exposición seguro, para priorizar las medidas a adoptar y minimizar su exposición, siendo más restrictivas las medidas para aquellos que no dispongan de umbral. El Parlamento y el Consejo europeo terminarán cuales de ellos disponen de dicho umbral.
Señala que la evaluación de riesgos debe prestar especial atención a los posibles efectos sobre los trabajadores especialmente sensibles.
Añade catorce agentes más al Anexo III:
Reduce el VL para el benceno de 1 ppm (3,25 mg/m3) a 0,2 de forma gradual, será de 0,5 ppm (1,65 mg/m3 ) hasta el 5 de abril de 2026.
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